Mes: mayo 2016

¿Nace una nueva vía de escape del proceso penal tributario?

Actualmente y como consecuencia de las reformas introducidas por la ley 26.735 (promulgada el 27 de diciembre de 2011), el Régimen Penal Tributario exime de responsabilidad penal al sujeto obligado que regularice espontáneamente su situación, dando cumplimiento a las obligaciones evadidas, siempre que su presentación no se produzca a raíz de una inspección iniciada, observación de parte de la repartición fiscalizadora o denuncia presentada (art. 16 de la Ley 24.769).

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