Bienes Personales: expertos cuestionan una suba del impuesto

El gravamen, más conocido mundialmente como impuesto al patrimonio neto de las personas humanas, es una figura en extinción en el mundo. De 162 países, sólo 11 lo aplican. Nació en Europa; sin embargo hoy sólo lo aplican cuatro naciones de dicho continente: Francia, Noruega, Suiza (a nivel cantonal) y España que lo había derogado y luego lo reimplantó.

En América Latina lo utilizan cuatro países: Argentina, Colombia, Uruguay y Surinam; en Asia, Arabia Saudita y Pakistán y en África, solo Mozambique. En Uruguay sólo se gravan bienes en el país, pero no los que están en el exterior (tasas del 0,7 al 1%) sobre un mínimo de 110.000 dólares, aproximadamente. En Colombia las tasas van del 0,4% al 1,5%: no se gravan las acciones porque están sujetas a un impuesto al capital. En Francia sobre un mínimo de 1.300.000 euros (alícuota máxima 1,5%).
En Suiza, con tasas menores. En España su recaudación ha sido cedida a las distintas comunidades (Madrid exime a sus habitantes en tanto que en otras comunidades las alícuotas son progresivas y llegan a alcanzar el 3%. Existe un mínimo no imponible de 700.000 euros. No se grava la vivienda familiar hasta 300.000 euros.

El problema principal del tributo es su escasa recaudación y el alto costo de la misma para el Fisco. En nuestro país alcanzó un máximo de 1,8% de la recaudación de la AFIP en 2000, en tanto que por 2015 el 0,85%, cifra que se repitió en 2016.

Es el impuesto más politizado del sistema tributario dado que quienes lo fomentan dicen que se gravan las grandes fortunas o a los ricos o a la riqueza. En realidad, sólo proporciona algo de recaudación si recae sobre las acciones y equivalentes, puesto que las grandes fortunas organizan sus negocios por esta vía.

Es evidente que si, como se demuestra está en decadencia, por algo no lo aplican los países más desarrollados o lo han eliminado.

En nuestro país, por el contrario, y pese a que los problemas son los mismos que en el mundo (baja recaudación), se lo utiliza como un arma política.

Se ha sugerido gravar más fuertemente los ahorros en el exterior. Ello va en contra del principio de igualdad (qué diferencia hay entre el ahorro local o el que está ubicado en el exterior) y de equidad horizontal; un incremento de la alícuota seguramente generará conflictos judiciales.

En dos palabras, intenta gravar el ahorro y ahora discriminando según la radicación del mismo. Sin embargo, debe recordarse que el ahorro tiende a igualar a la inversión. En las cuentas nacionales, se ha demostrado que el componente más dinámico para que un país tenga crecimiento económico es el aumento de la inversión.

Si, a contramano de la más elemental lógica se gravan los ahorros y más aún con discriminación, la inversión se verá disminuida con los consabidos negativos efectos económicos: caída en la inversión, caída en el crecimiento del producto bruto y del nivel de empleo con la consecuente disminución del salario.

Se sugiere, por el contrario, reducir el gasto público improductivo en lugar de recurrir a figuras tributarias que nunca han resultado en efectos beneficiosos.

Jorge Gebhardt
Director del Departamento de Impuestos
Aguirre Saravia & Gebhardt

MEDIO: IProfesional.com
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